16 de junio del 2025
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Sentencia ratificada por violación a mujer en estado de ebriedad en Málaga

El alto tribunal regional de Andalucía ratificó una condena de siete años carcelarios contra un individuo que trabajaba como promotor en un establecimiento nocturno de la ciudad de Málaga. La sentencia se fundamenta en su responsabilidad en un caso de agresión sexual contra una clienta que se encontraba bajo efectos del alcohol.

Detalles del incidente

Según los registros judiciales, en el mes de septiembre de 2023, el sentenciado laboraba en un bar ubicado en el casco urbano de Málaga. Durante su jornada laboral, entabló contacto con dos féminas que asistieron al lugar como consumidoras. Tras el cierre del local, las mujeres se dirigieron a otra sala de fiestas, sitio donde volvieron a coincidir con el acusado y un acompañante.

Durante la velada, la afectada presentaba un claro estado de embriaguez, lo que derivó en un episodio de caída dentro del recinto. El personal de seguridad del lugar solicitó su salida, circunstancia que aprovechó el procesado para trasladarla en taxi a su residencia particular. Allí, según relata la resolución judicial:

«la subió a un taxi y la llevó a su vivienda», donde, con «ánimo libidinoso, la introdujo en su dormitorio y se tumbase en la cama».

Circunstancias agravantes

El fallo judicial detalla que el individuo se aprovechó del estado vulnerable de la mujer, quien en repetidas ocasiones manifestó:

«no quería tener sexo con él, que se estaba aprovechando de ella por estar borracha».

Como consecuencia de los actos, la víctima presentó daños físicos y trastornos psicológicos permanentes.

Consecuencias legales

El veredicto impuso al culpable una pena de siete años de reclusión. Además se le prohibió acercarse a la afectada a menos de 500 metros y cualquier comunicación con ella durante seis años. Se estableció igualmente un régimen de vigilancia especial postcarcelaria por cinco años.

El documento judicial indica que los requisitos específicos del control judicial se determinarán tras la culminación de la pena privativa de libertad, considerando la conducta del sentenciado durante su estancia en prisión. En materia civil, se ordenó que compense económicamente a la perjudicada con la cantidad de cinco mil euros.

Revisión judicial

La defensa del condenado presentó recursos contra la decisión, pero el tribunal superior indicó que no encontró errores significativos en el análisis de las pruebas realizadas. Subrayó que la totalidad de evidencias disponibles «excluyen cualquier atisbo de irracionalidad, desatención o arbitrariedad» y destacó la consistencia entre el testimonio de la afectada y los informes periciales.

El organismo judicial rechazó las apelaciones presentadas, manteniendo en firme la determinación emitida por el tribunal local de Málaga.

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