7 de marzo del 2026
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Restringida la revisión de números de identificación vehicular fuera de dependencias autorizadas

Directriz oficial sobre inspecciones vehiculares

La Fiscalía General del Estado de Michoacán emitió un comunicado estableciendo que los análisis de números de identificación vehicular deben realizarse exclusivamente en el Módulo de Certificación Vehicular. Carlos Torres Piña, fiscal encargado, destacó que esta medida aplica para todos los procedimientos relacionados con verificaciones físicas de identificadores confidenciales y consultas de registro.

Marco legal que sustenta la medida

La restricción se fundamenta en diversos artículos de la Ley Orgánica de la FGE, específicamente los números 2, 18 y 30, además del artículo 212 del Código Penal michoacano. «Esta aplicación busca evitar prácticas discrecionales y garantizar que los procedimientos se apeguen al Acuerdo 23/2023», se indicó en el documento oficial.

Consecuencias por incumplimiento

El comunicado advierte que cualquier incumplimiento a esta disposición dará lugar a procesos de investigación ministerial o procedimientos administrativos según la normativa estatal vigente. Las unidades de Policía de Investigación y Servicios Periciales están obligadas a cumplir con esta directriz.

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