7 de marzo del 2026
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SCJN amplía acceso a pensión del IMSS a cuidadores sin parentesco directo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución trascendental al invalidar un artículo del Reglamento de Jubilaciones y Pensiones del IMSS, abriendo así la puerta a que personas sin parentesco directo puedan acceder a la pensión por ascendencia si demostraron un vínculo real de cuidado o dependencia económica.

Un nuevo enfoque sobre la familia y la seguridad social

El Pleno de la Corte sostuvo que las normas de seguridad social deben reflejar la diversidad de estructuras familiares presentes en México. Por este motivo, declaró inconstitucional la disposición que restringía el beneficio únicamente a padres, abuelos o bisabuelos del trabajador asegurado fallecido.

La sentencia establece que ahora podrán acceder a esta pensión todas aquellas personas que hayan ejercido funciones de crianza, hayan proporcionado cuidados, asistencia mutua o dependencia económica respecto del fallecido, independientemente de que no exista un parentesco en línea recta.

El caso que marcó un precedente

La decisión surgió a partir de un amparo interpuesto por una mujer que, pese a no ser ascendiente directo, crió a su sobrino, trabajador del IMSS, y dependía económicamente de él. Tras su fallecimiento, el IMSS le negó el beneficio por no cumplir con el requisito de parentesco establecido legalmente.

La SCJN reconoció que esta negativa violaba sus derechos fundamentales y ordenó al tribunal colegiado que revoque su resolución anterior y emita una nueva sentencia bajo el nuevo criterio de protección familiar ampliado.

Beneficio que deja atrás el parentesco biológico

La pensión por ascendencia, históricamente limitada a padres que dependieran económicamente del asegurado fallecido, requería al menos 150 semanas cotizadas, salvo en supuestos de riesgo de trabajo. Ahora, el acceso ya no se basa únicamente en el parentesco legal o biológico, sino en la existencia de un vínculo real de dependencia, cuidado o crianza.

La resolución fue aprobada el 11 de noviembre de 2025, en el contexto del Amparo Directo en Revisión 3320, y marca un antes y después en la interpretación constitucional de la familia dentro del sistema de seguridad social mexicano.

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