La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un fallo condenatorio contra el Estado mexicano por el feminicidio de Lilia Alejandra García Andrade, una adolescente de 17 años que trabajaba en una planta maquiladora en Ciudad Juárez y fue asesinada en 2001. El caso se desarrolló en un entorno marcado por la violencia de género y la impunidad sistemática, según destacó el organismo.
El cuerpo de la joven fue hallado el 21 de febrero de ese año en un terreno abandonado; la causa de muerte determinada fue estrangulamiento manual tras un ataque sexual. Lilia Alejandra había salido a trabajar el 14 de febrero y nunca regresó a su hogar. Su madre, Norma Esther Andrade, acudió a reportar su desaparición, pero las autoridades no actuaron con la diligencia debida, retrasando gravemente la investigación.
Fallan a favor de los familiares por violaciones sistemáticas
La CIDH estableció la responsabilidad internacional del Estado por múltiples violaciones a derechos humanos. Se determinó que hubo incumplimiento en la obligación de prevenir y sancionar actos de violencia de género, así como una deficiente investigación que permitió la impunidad. Además, se reconoció la vulneración a las garantías judiciales, a la protección judicial y al derecho a la igualdad.
El fallo también abarcó a los familiares directos de la víctima. Se afirmó que Norma Andrade y José García, padres de Lilia Alejandra, sufrieron afectaciones a su integridad personal, libre circulación y derecho a la protección familiar. Asimismo, sus hijos, Jade Tikva y José Kaleb García Andrade, fueron reconocidos como víctimas indirectas cuyos derechos fueron lesionados.
Reconocimiento al derecho a la verdad y a la defensa de derechos humanos
La Corte destacó que Norma Andrade, al convertirse en activista tras la muerte de su hija, enfrentó obstáculos estatales para ejercer su labor de defensa de derechos humanos. La falta de protección y el hostigamiento que sufrió constituyeron una violación al derecho a defender derechos humanos.
«Donde había un contexto de violencia de género y de impunidad generalizada»
La CIDH subrayó que este caso se inscribe en un patrón ya identificado por la Corte en el caso González y otras (Campo Algodonero) vs. México. Entre 2001 y 2010, la investigación fue manejada por múltiples fiscalías sin avances sustanciales, lo que evidenció la negligencia institucional. Finalmente, se declaró que el Estado incumplió con el derecho a la verdad de los familiares de Lilia Alejandra.
