En medio de una intensa discusión, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio luz verde al proyecto presentado por la ministra Lenia Batres, que establece que no procede revisar las sentencias emitidas por las antiguas salas del alto tribunal. La determinación surge tras una solicitud de la Fiscalía General de la República para volver a examinar el caso de Juana Hilda González Lomelí, quien fue puesta en libertad el 11 de junio de 2025 tras una resolución de la extinta Primera Sala.
Defensa del principio legal
Con esta resolución, la Corte refrenda el respeto al principio de cosa juzgada, evitando así una posible reapertura de decisiones ya consolidadas. El caso en cuestión giraba en torno a la posibilidad de que la nueva integración del Pleno pudiera revisar fallos de las salas desaparecidas, lo que generó fuertes tensiones internas durante la deliberación.
La controversia se centró específicamente en el párrafo 52 del proyecto, en el que Batres señaló que la decisión no prejuzgaba los criterios que la actual composición de la Corte podría adoptar en el futuro respecto a la cosa juzgada. Siete ministros se desmarcaron de ese párrafo, mientras que solo Batres y la ministra Sara Irene Herrerías respaldaron su inclusión.
Polémica interna y defensa institucional
La ministra María Estela Ríos propuso que se volviera a votar el párrafo para respetar la petición de su compañera y lograr una mayor cohesión en el acuerdo. Sin embargo, Batres insistió en que no era procedente una nueva votación. A pesar de las objeciones, el texto final se mantuvo sin modificaciones.
La ministra Yasmin Esquivel intervino para enfatizar que las decisiones de la Corte no deben reflejar posturas individuales, sino el resultado de un proceso colectivo y democrático.
“Las decisiones que aquí se toman no representan ni deben representar la voluntad individual de una persona que presenta el proyecto o la propuesta de una de las personas. Ministras y ministros, pues ello, de ser así, se estaría atentando en contra de lo que la mayoría decide deliberando democráticamente.”
Cuestionamientos y próxima discusión
Algunos ministros incluso propusieron eliminar por completo el párrafo 52, propuesta a la que Batres se opuso firmemente. Aunque votaron a favor del sentido general del proyecto, su desacuerdo con ese apartado generó roces durante la sesión.
El caso de Juana Hilda González Lomelí, quien pasó 19 años en prisión acusada de formar parte de una banda de secuestradores, fue resuelto mediante un amparo directo concedido por la extinta Primera Sala. La Fiscalía, entonces encabezada por Alejandro Gertz Manero, impugnó la liberación, lo que desató el debate actual.
Previo a esta resolución, el Pleno acordó el 3 de octubre de 2025 analizar si era viable el recurso de revisión contra sentencias de las antiguas salas, tras lo cual se asignó el estudio del tema a Batres. La propuesta generó una fuerte ola de críticas por considerarse una amenaza al principio de cosa juzgada, incluso obligó a la presidenta Claudia Sheinbaum a intervenir públicamente para exhortar a los ministros a no retroceder en decisiones ya tomadas y enfocarse en avances judiciales futuros.
Actualmente, aún está pendiente el análisis del denominado ‘cosa juzgada fraudulenta’, un mecanismo que también busca reabrir sentencias de la SCJN. El encargo de ese proyecto recaerá en la ministra Loretta Ortiz.
