7 de marzo del 2026
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Suprema Corte deroga exigencia del ISSSTE que impedía acceso a pensiones para miles de trabajadores

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó un requisito del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) que por años restringió el acceso a pensiones para numerosos derechohabientes, a pesar de cumplir con años de servicio y aportaciones. La decisión, tomada por mayoría de ministros, representa un cambio significativo en favor de la equidad y el derecho a la seguridad social.

Fin a una barrera burocrática

Anteriormente, muchos trabajadores del sector público enfrentaban un obstáculo adicional al solicitar su pensión: debían acreditar ciertos criterios administrativos que no siempre guardaban relación directa con su derecho al beneficio. Uno de estos requisitos, ahora declarado inconstitucional, era el de comprobar cinco años de concubinato para ciertos casos, lo cual excluía a personas que, pese a cumplir con semanas cotizadas y edad requerida, no podían acreditar ese periodo específico.

Este filtro generó una acumulación de trámites rechazados y obligó a muchos a emprender largos procesos legales mediante amparos. La Corte determinó que esta exigencia representaba una carga desproporcionada y contraria a los principios de igualdad y protección social establecidos en la Constitución.

Quiénes se benefician con el cambio

  • Trabajadores que sufrieron cambios de régimen o de puesto durante su carrera
  • Personas que ya tenían las semanas cotizadas y edad, pero no cumplían con el requisito adicional
  • Servidores públicos próximos a jubilarse y con dudas sobre su elegibilidad
  • Derechohabientes que ya habían interpuesto amparos por negación de pensión

Es importante destacar que los requisitos básicos de pensión se mantienen: edad mínima, semanas cotizadas y otros criterios esenciales del sistema del ISSSTE. Lo que se eliminó es una exigencia adicional que generaba desigualdades en el acceso al beneficio.

Siguiente paso: implementación por parte del ISSSTE

Aunque la resolución de la SCJN es vinculante, su aplicación práctica depende del ISSSTE y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Se espera que el instituto actualice sus lineamientos, formularios y procesos de atención, además de capacitar a su personal para aplicar los nuevos criterios.

El trámite no será automático: cada trabajador interesado deberá iniciar su solicitud de pensión, pero ya sin enfrentar la barrera eliminada. Se prevé que en los próximos días se emitan comunicados oficiales con las indicaciones precisas para acceder al beneficio.

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