7 de marzo del 2026
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Diputados aprueban reducción gradual de la jornada laboral a 40 horas semanales

La Cámara de Diputados dio luz verde, con mayoría calificada, al proyecto de decreto que modifica las fracciones IV y XI del apartado A del artículo 123 de la Constitución Mexicana, con el fin de disminuir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales. La aprobación se realizó tanto en lo general como en lo particular.

Los artículos no reservados fueron respaldados con 469 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, mientras que los artículos reservados obtuvieron 411 votos positivos, 58 negativos y ninguna abstención. El dictamen, originado en una iniciativa de la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, fue turnado a las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México para cumplir con los trámites del artículo 135 constitucional.

Detalles de la jornada laboral y descanso

La reforma establece que la jornada laboral será de 40 horas semanales, con derecho a al menos un día de descanso con salario íntegro por cada seis días trabajados. En casos de trabajo extraordinario por circunstancias excepcionales, el pago será un 100 por ciento adicional al salario ordinario.

El tiempo extra no podrá exceder las 12 horas semanales, distribuidas en un máximo de cuatro horas diarias durante hasta cuatro días. Si se supera este límite, el empleador deberá pagar un 200 por ciento más del salario correspondiente a las horas normales, según lo dispuesto por la ley aplicable.

Queda prohibido el trabajo extraordinario para personas menores de 18 años.

Transición gradual hacia las 40 horas

El régimen transitorio indica que la reducción de la jornada será progresiva: en 2026 se mantendrá en 48 horas; en 2027 bajará a 46; en 2028 a 44; en 2029 a 42, y a partir de 2030 se consolidarán las 40 horas semanales.

«En ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras», precisa el texto.

Entrada en vigor y obligaciones legislativas

El decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. El Congreso de la Unión tendrá un plazo de 90 días, a partir de dicha publicación, para realizar las reformas correspondientes a la legislación secundaria.

En sus considerandos, se destaca que esta modificación representa un avance en el cumplimiento de recomendaciones de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, alineando al país con estándares internacionales y contribuyendo a reducir desigualdades.

Beneficios para el bienestar y la productividad

La reforma reconoce el derecho al descanso como un factor clave para mejorar la productividad en todos los sectores. Se afirma que fortalece el entorno laboral, protege los derechos de los trabajadores y salvaguarda la eficiencia empresarial.

Asimismo, se espera que contribuya a disminuir la fatiga laboral, prevenir accidentes y mejorar la salud y seguridad en el trabajo, además de promover un equilibrio entre la vida personal, familiar y profesional. «Contribuirá a reducir la fatiga laboral, prevenir accidentes y mejorar la salud y seguridad en el trabajo, así como fortalecer el equilibrio entre la vida personal, familiar y laboral, lo que tendrá efectos positivos tanto en el bienestar laboral como en la productividad, en beneficio de 13.4 millones de personas trabajadoras mexicanas, enfatiza».

La reforma constitucional posiciona al trabajador como centro del modelo laboral, sin afectar la estabilidad económica del país, y se califica como una transformación histórica del mundo del trabajo.

Discusión parlamentaria y cierre del debate

Durante la discusión en lo particular, legisladoras y legisladores de Morena, PAN, PVEM, PT, PRI y MC presentaron diversas reservas, las cuales fueron retiradas, solicitadas para publicación en el Diario de los Debates o no admitidas a discusión, por lo que se desechó su análisis.

La presidenta de la Mesa Directiva, diputada Kenia López Rabadán, instruyó que todas las propuestas de modificación registradas para discusión en lo particular del dictamen y que no se presentaron en tribuna sean inscritas íntegramente en el Diario de los Debates, para garantizar certeza a sus proponentes y a la ciudadanía.

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