La Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una sentencia histórica al reconocer que conversaciones privadas en WhatsApp pueden constituir pruebas válidas de violencia política en razón de género. El fallo, emitido el 25 de febrero de 2026, revocó una decisión anterior del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (TEESIN), que había desestimado una denuncia presentada por la diputada local electa Almendra Negrete.
Reconocimiento de violencia simbólica en espacios digitales
El caso surgió tras una queja de Negrete, quien alegó que Emma Zermeño, funcionaria de la Secretaría de las Mujeres en Sinaloa, emitió comentarios despectivos sobre su capacidad y legitimidad como legisladora, basándose en su orientación sexual. Entre los mensajes analizados, intercambiados entre noviembre de 2024 y 2025 con un hombre que afirmó ser amigo de Zermeño, destacan frases como: “Lo que ha avanzado por el colectivo LGBT no ha sido por ella”, “Lo del Congreso lo quiso sabotear”, “Pinche… nomás quiere joder”, “Ya consíganle una novia” y “Que primero haga su drama al interior y luego periodicazos en el hocico”.
El tribunal federal determinó que estas expresiones constituyen violencia simbólica en razón de género, al utilizar estereotipos y prejuicios sobre la identidad sexual de la diputada para desacreditar su labor política. Se subrayó que este tipo de agresiones, aunque ocurran en entornos privados, tienen un impacto público y perpetúan la exclusión de las mujeres en la vida política.
Imposición de nuevas obligaciones al tribunal estatal
La Sala Regional de Guadalajara ordenó al TEESIN emitir una nueva resolución en la que reconozca formalmente la violencia política de género y aplique la sanción correspondiente contra Zermeño. Además, se instruyó mantener medidas cautelares a favor de Almendra Negrete, con el fin de proteger su integridad y prevenir actos de revictimización.
“En razón de lo anterior, es evidente que se incurre en violencia simbólica cuando se hacen manifestaciones ofensivas contra una mujer con base en violencia de prejuicios y estereotipos de género, esto es, utilizando indebidamente las preferencias sexuales para desacreditar la capacidad o legitimidad de una persona”.
El fallo enfatizó que el contexto de discriminación y los estereotipos de género deben ser considerados incluso en espacios digitales privados, ya que estas expresiones perpetúan la desigualdad y pueden generar el fenómeno de la ‘muerte política’ de las mujeres en cargos públicos.
Reacciones de las partes involucradas
Almendra Negrete manifestó sentirse vulnerada y reiteró su petición de reparación política y económica, que incluye una disculpa pública y su restitución como diputada local. Por su parte, Emma Zermeño sostuvo que sus conversaciones privadas fueron vulneradas y que mantiene su defensa legal. Se identifica como activista del colectivo LGBT y funcionaria auxiliar en la Secretaría de las Mujeres de Sinaloa.
El caso marca un precedente al ampliar el entendimiento sobre dónde y cómo puede manifestarse la violencia política contra las mujeres, reconociendo la relevancia de los espacios digitales en la construcción de narrativas discriminatorias.
