7 de marzo del 2026
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Trabajadores con aguinaldo bajo no pagarán ISR en 2025 según reglas del SAT

Una de las prestaciones más significativas para la población laboral en México, el aguinaldo, está por ser liquidado en 2025, generando expectativa entre millones de empleados. No obstante, su impacto financiero varía dependiendo del salario, ya que su gravamen por impuestos depende de un límite establecido por el fisco.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) precisa que el aguinaldo queda exento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) siempre que no rebase el monto equivalente a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Para el año en curso, esta cantidad asciende a 3 mil 394.20 pesos. Aquellos que reciban un aguinaldo igual o inferior a esa cifra no tendrán descuentos fiscales sobre dicho concepto. En contraste, quienes superen este tope verán gravado únicamente el monto excedente.

Beneficiarios de la exención fiscal

En la realidad, los empleados con remuneraciones bajas o cercanas al salario mínimo son quienes más se benefician con esta disposición, dado que sus aguinaldos difícilmente sobrepasan el umbral exento. Esto convierte a este sector en el principal receptor de la medida sin impacto fiscal.

Por otro lado, cuando el monto del aguinaldo rebasa las 30 UMAs, el exceso se incorpora al ingreso anual acumulado del trabajador y se aplica la tarifa correspondiente del ISR. Esto afecta principalmente a quienes perciben sueldos más elevados, reflejándose en descuentos proporcionales a su nivel de ingresos.

Obligaciones legales para el pago

De acuerdo con el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el aguinaldo debe cubrirse como mínimo a 15 días de salario y su pago debe realizarse a más tardar el 20 de diciembre. Este derecho aplica sin distinción para todo tipo de trabajadores, ya sean de base, de confianza, sindicalizados o con contratos eventuales.

Conocer las normas del SAT respecto al aguinaldo en 2025 permite a los trabajadores planificar de manera más eficiente sus finanzas personales, aprovechando este recurso para enfrentar los gastos típicos de fin de año y el periodo conocido como la «cuesta de enero».

  • El aguinaldo es exento de ISR si no supera las 30 UMAs
  • El límite exento en 2025 es de 3 mil 394.20 pesos
  • Su pago debe realizarse antes del 20 de diciembre
  • El mínimo legal es de 15 días de salario
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