5 de junio del 2026
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Los 8 días de descanso obligatorio en 2026: cuáles son y qué implica trabajar en ellos

En 2026 se contarán con ocho días de descanso obligatorio, siete de carácter nacional establecidos por la Ley Federal del Trabajo (LFT) y uno adicional de carácter local en la Ciudad de México relacionado con el Mundial. Este último no tendrá vigencia en todo el país, pero sí generará impacto en el calendario laboral capitalino.

Los días oficiales según la Ley Federal del Trabajo

De acuerdo con el artículo 74 de la LFT, los días de descanso obligatorio en 2026 son: el 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo por el 21 de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre asociado al 20 de noviembre y el 25 de diciembre. Estas fechas aplican para quienes trabajan bajo el régimen del apartado A de la ley, garantizando derechos específicos incluso si se labora en dichos días.

Un día adicional cada seis años, el 1 de octubre, está previsto por la reforma al artículo 83 de la Constitución, publicada en 2014. Sin embargo, este no será aplicable hasta 2030, por lo que en 2026 no se contempla a nivel federal.

El feriado local por el Mundial 2026 en la CDMX

El 11 de junio de 2026, fecha del partido inaugural de la Copa Mundial de la FIFA en el Estadio Azteca, podría convertirse en día de descanso oficial, pero únicamente en la Ciudad de México. Esta medida no forma parte del artículo 74 de la LFT, sino que dependerá de una declaratoria local.

La jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Clara Brugada, afirmó el 3 de septiembre que el día de la inauguración del Mundial será considerado feriado en la capital. La Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo de la CDMX confirmó a Proceso que esta disposición aplicará solamente en la ciudad y no a nivel nacional.

«Llegado el momento se publicará en la Gaceta Oficial»

Asimismo, indicaron que aún no se define si la declaratoria se emitirá mediante decreto o una iniciativa dirigida al Congreso de la Ciudad de México. De concretarse, la CDMX sumaría un octavo día de descanso obligatorio en 2026.

¿Qué se debe pagar por trabajar en un día festivo?

El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que, en caso de requerirse personal en un día de descanso obligatorio, los trabajadores están obligados a prestar el servicio siempre que exista acuerdo o se resuelva conforme al mecanismo legal. Quienes laboren en estas fechas tienen derecho a un pago adicional al salario correspondiente.

«Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado»

Esto significa que el pago total equivale a un salario triple: el salario diario habitual más el doble del mismo por la jornada trabajada. Por ejemplo, con un salario mínimo diario de 315.04 pesos en 2026, el monto a recibir ascendería a 945.12 pesos por ese día.

Estas disposiciones rigen para todo trabajador incluido en el apartado A de la LFT, como obreros, jornaleros, empleados domésticos y personas con contrato formal, sin distinción de su giro laboral.

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