Una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) obligará al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a actualizar el monto de ciertas pensiones tomando como referencia el índice inflacionario anual.
Beneficiarios y aplicación del ajuste
Este cambio afectará principalmente a los derechohabientes amparados bajo el régimen de la Ley 73 del IMSS que reciben cantidades superiores a la pensión mínima garantizada. El cálculo se realizará conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).
Para el año 2026, se prevé una inflación del 3.69 por ciento, lo que modificará directamente el valor mensual de las pensiones. El objetivo del máximo tribunal es proteger el poder adquisitivo de millones de beneficiarios.
Montos mínimos y requisitos
En ese mismo año, la pensión mínima garantizada del IMSS será de aproximadamente 10 mil 636 pesos cada mes a partir de mayo, tras un incremento cercano al 13 por ciento vinculado al aumento del salario mínimo, al que se suma el reajuste por inflación.
La resolución judicial establece que ningún pensionado bajo la Ley 73 podrá recibir menos de esa cantidad mensual, siempre que cumpla con los siguientes requisitos: haber iniciado sus cotizaciones antes del 1 de julio de 1997, contar con al menos 500 semanas cotizadas y tener 60 años para la pensión por cesantía o 65 años para la de vejez.
Mecanismos de incremento diferenciado
El aumento no será igual para todos los pensionados. Las pensiones que superen el monto mínimo se actualizarán conforme al INPC, mientras que las que sean equivalentes a la mínima se ajustarán según el incremento del salario mínimo.
Existen otros mecanismos que pueden incrementar la percepción mensual, como las asignaciones familiares y la ayuda asistencial, las cuales pueden representar aumentos que van del 15 por ciento a más del 55 por ciento en casos particulares.
Finalmente, la Corte argumentó que vincular las pensiones solo al salario mínimo no garantiza protección frente al alza de precios de bienes y servicios, por lo que el uso del INPC resulta más adecuado para preservar el valor real del ingreso de los jubilados.
