El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS) canceló la prórroga automática de hasta 540 días que se otorgaba a algunos Documentos de Autorización de Empleo (EAD). La decisión tiene como objetivo endurecer los controles de seguridad y la revisión de antecedentes previos a la aprobación de nuevas renovaciones.
A partir de este cambio, el solo hecho de haber enviado una solicitud de renovación ya no asegura que el interesado pueda continuar con sus labores legales una vez que su tarjeta física expire. Debido a esto, se recomienda a los migrantes con estatus legal tomar en cuenta los plazos de gestión de las oficinas gubernamentales para prevenir que se les suspenda la capacidad de trabajar.
Grupos con mayor riesgo de afectación
La nueva normativa impacta principalmente a dos perfiles migratorios:
- Solicitantes de asilo (categoría C08): Personas que aguardan una resolución sobre su caso y requieren renovar sus permisos para mantener su actividad laboral.
- Solicitantes de residencia permanente (categoría C09): Migrantes que se encuentran en proceso de ajuste de estatus.
Es importante precisar que esta medida no aplica para todos los permisos de trabajo, sino para categorías específicas.
Excepciones y casos que mantienen la extensión
No todos los usuarios se verán alcanzados por esta disposición. Se mantienen las condiciones previas para los siguientes casos:
- Trámites previos: Aquellos que enviaron su solicitud antes del 30 de octubre de 2025 seguirán contando con la extensión de 540 días bajo las reglas vigentes.
- Estatus de Protección Temporal (TPS): Los beneficios de este programa tienen sus propias reglas de extensión.
- Cónyuges de visas E y L: Su permiso para trabajar dependerá de las condiciones de su estatus migratorio particular.
La autoridad aclaró que este ajuste no está dirigido a personas indocumentadas, sino a quienes poseen permisos sujetos a renovación. Se sugiere verificar la fecha de solicitud y la categoría del permiso antes de dar por hecho que la extensión sigue vigente.
