5 de junio del 2026
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Senado aprueba modificación a ley laboral para implementar semana de 40 horas

El Senado de la República dio su aval a una serie de modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, con el objetivo de concretar la reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales establecida en la Constitución. El paquete de cambios, que aún requiere la aprobación de la Cámara de Diputados, incluye la implementación obligatoria del registro electrónico de asistencia y un aumento gradual del tiempo extraordinario permitido.

Detalles de la reforma laboral

La reforma secundaria establece que las nuevas reglas entrarán en vigor el próximo 1 de mayo. A partir de esa fecha y hasta el 1 de enero de 2027, las empresas dispondrán de un periodo de adaptación antes de que la jornada máxima semanal se fije en 46 horas, como primer paso hacia la meta final.

Entre los ajustes realizados por los senadores a la iniciativa enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum, destacan medidas para garantizar el registro electrónico del tiempo trabajado, ofrecer flexibilidad en la distribución de las horas y asegurar dos días de descanso a la semana.

Nuevas obligaciones y sanciones

Una de las adiciones clave es la obligación patronal de implementar un sistema electrónico de registro de jornada, conocido comúnmente como reloj checador. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social será la encargada de diseñar las normas para su aplicación y las posibles excepciones.

Los legisladores añadieron que este registro podrá ser utilizado como prueba en disputas laborales, siempre que su uso haya sido acordado previamente entre trabajadores y empleadores. El incumplimiento de esta disposición será sancionado con multas que oscilan entre 29,327 y 586,550 pesos.

Cambios en tiempo extra y descansos

Respecto al tiempo extraordinario, se confirmó que su incremento será paulatino. El calendario establece un límite de 9 horas para este año y el próximo, que subirá a 10 horas en 2028, 11 en 2029 y alcanzará las 12 horas en 2030.

Otro ajuste significativo se refiere al artículo 61 de la ley, que regula los tipos de jornada. Los senadores decidieron mantener la redacción vigente, que fija la jornada diurna en 8 horas, en lugar de cambiarla por «hasta ocho horas». Este cambio, aunque aparentemente menor, asegura por aritmética que las 40 horas semanales no puedan distribuirse en más de cinco días, garantizando así dos días de descanso para la mayoría de los trabajos con horarios convencionales.

Definiciones y flexibilidad

Los legisladores optaron por no modificar la definición de jornada laboral vigente desde 1970, que la describe como «el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo», rechazando una propuesta alternativa.

Finalmente, para atender casos especiales, el dictamen añade una disposición al artículo 58 que permite la distribución de las horas de trabajo «de común acuerdo por las personas empleadoras y trabajadoras», introduciendo un elemento de flexibilidad.

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