El gobierno de Estados Unidos, encabezado por Donald Trump, busca usar la revisión del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) como una herramienta de presión para que México cumpla con sus compromisos de entrega de agua del Río Bravo, luego de que el ciclo de cinco años que terminó en octubre de 2025 registrara un déficit estimado en más de mil millones de metros cúbicos. La advertencia fue lanzada por el representante comercial de EU, Jamieson Greer, durante una audiencia en el Senado estadounidense, quien señaló que sería difícil extender el tratado comercial si México no coopera en todos los temas de la relación bilateral, incluido el acuerdo hídrico.
La discusión se dio en el Comité de Finanzas del Senado de EU, donde el senador republicano por Texas, John Cornyn, cuestionó a Greer si la revisión del T-MEC podía servir para reforzar el cumplimiento de México con el Tratado de Aguas de 1944. Cornyn argumentó que los retrasos mexicanos afectan a los agricultores del sur de Texas. Greer respondió que la administración estadounidense espera cooperación en todas las áreas de la relación bilateral. “Si queremos tener una relación comercial beneficiosa con México y algún tipo de acuerdo, también deben colaborar en este tema”, declaró el funcionario.
¿Qué implica la presión de EU?
Hasta ahora, lo planteado por Cornyn es utilizar la revisión del T-MEC como un instrumento de presión, pero no existe una propuesta formal para incorporar el tema del agua en el texto del tratado comercial ni sanciones aprobadas. Greer vinculó la cooperación mexicana con la posibilidad de extender el T-MEC, pero aclaró que otros asuntos, como la seguridad fronteriza, no forman parte directa de su jurisdicción comercial. La respuesta representa una advertencia política, pero todavía no constituye una modificación del acuerdo.
El artículo 34.3 del T-MEC establece que cualquier modificación requiere el consentimiento escrito de los tres países (México, EU y Canadá) y la aprobación conforme a sus procedimientos legales. Por tanto, Estados Unidos no podría añadir por sí solo obligaciones relacionadas con el agua. Además, una salida anticipada del tratado requeriría una notificación formal y tendría efecto seis meses después, según el artículo 34.7.
El déficit de agua y el Tratado de 1944
El Tratado de Aguas de 1944 establece que México debe entregar a Estados Unidos un promedio anual mínimo de 350 mil acres-pie, equivalentes a cerca de 431.7 millones de metros cúbicos, durante periodos de cinco años. La obligación acumulada de cada ciclo es de 1 millón 750 mil acres-pie (aproximadamente 2 mil 158.6 millones de metros cúbicos). Según el registro de la sección estadounidense de la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA), México había entregado 884 mil 861 acres-pie (unos mil 91 millones de metros cúbicos) al concluir el ciclo del 25 de octubre de 2020 al 24 de octubre de 2025. La diferencia fue de aproximadamente mil 67.6 millones de metros cúbicos.
El acuerdo de 1944 contiene una disposición para periodos de sequía extraordinaria. Cuando esas condiciones impiden completar las entregas durante un ciclo, el volumen pendiente puede cubrirse durante el siguiente periodo de cinco años. Esto significa que un déficit al cierre del ciclo no implica automáticamente una sanción inmediata. El faltante debe atenderse mediante negociaciones binacionales y acuerdos técnicos administrados por las secciones mexicana y estadounidense de la CILA. Registros históricos muestran que México terminó otros ciclos con faltantes, como los de 1992-1997, 1997-2002 y 2010-2015, que fueron trasladados al ciclo siguiente y cubiertos mediante acuerdos entre ambos gobiernos.
El Gobierno mexicano ha señalado que la cuenca del Río Bravo enfrenta condiciones de sequía que redujeron la disponibilidad de agua para usuarios de ambos países. En diciembre de 2025, la Secretaría de Relaciones Exteriores informó que México y EU alcanzaron un entendimiento para fortalecer la gestión del agua fronteriza y acordaron un plan técnico para atender el déficit, mejorar la previsibilidad de las entregas y desarrollar acciones de infraestructura y adaptación frente a la sequía. La posición mexicana ha sido que el problema debe resolverse dentro del marco del Tratado de Aguas de 1944 y mediante la cooperación técnica, sin comprometer el abastecimiento de las comunidades y actividades productivas en territorio nacional.
