El Comité Olímpico Internacional (COI) ha determinado que las y los deportistas transgénero podrán participar en los Juegos Olímpicos, pero únicamente en la categoría correspondiente a su sexo biológico. Esta medida, anunciada el pasado 26 de marzo, comenzará a aplicarse a partir de los Juegos de Los Ángeles 2028 y no tendrá efectos retroactivos sobre los resultados anteriores.
Clasificación por méritos y pruebas específicas
El organismo presidido por Kirsty Coventry aclara que no existe exclusión para las personas transgénero, quienes podrán clasificarse por sus méritos deportivos al igual que el resto. Sin embargo, aquellas que sean varones biológicos solo podrán tomar parte en las pruebas de la categoría masculina. Para determinar la elegibilidad en la categoría femenina, se requerirá una prueba de detección del gen SRY, exclusivo de los hombres biológicos.
Esta prueba, descrita como no invasiva y de alta fiabilidad -precisa en más del 99 por ciento de los casos-, solo se realiza una vez en la vida mediante métodos como el raspado del interior de la mejilla. El COI la considera un requisito de elegibilidad «excepcionalmente riguroso».
Excepciones y consideraciones particulares
El documento contempla salvedades para trastornos genéticos de muy baja prevalencia, como el síndrome de insensibilidad androgénica, que permitirían a algunas mujeres portadoras del gen SRY competir en la categoría femenina. Si el test da positivo, la deportista podrá optar por someterse a pruebas complementarias para determinar dicha condición.
Asimismo, las federaciones internacionales podrán solicitar una excepción si demuestran que en su deporte, como la hípica, la fuerza no es determinante y el sexo no vulnera la equidad entre los competidores.
Fundamento biológico y seguridad
El COI explica que equipara a las deportistas con DSD XY y a las personas transgénero porque comparten características biológicas como la presencia de cromosomas XY, el gen SRY y testículos, así como niveles de testosterona en el rango masculino. Considera que estos rasgos, responsables del desarrollo sexual masculino, confieren ventajas en el rendimiento deportivo.
La entidad también enfatiza la necesidad de esta separación para reducir riesgos en deportes de contacto. Las deportistas pueden negarse a realizarse la prueba, pero si no demuestran su elegibilidad, no podrán competir en la categoría femenina en futuros Juegos Olímpicos.
Aplicación y contexto
Para los menores de edad, la validación de elegibilidad podrá realizarse con el consentimiento de sus padres o tutores en una fase temprana de su carrera, siendo obligatoria en los Juegos Olímpicos de la Juventud a partir de 2030. El COI justifica el cambio de postura argumentando que los criterios anteriores habían quedado desfasados respecto a los últimos avances científicos y no eran compatibles con sus objetivos para la categoría femenina.
Respecto a competencias pasadas, como el torneo de boxeo de París 2024 donde destacó la argelina Imane Khelif, el COI remarca que todos los participantes cumplieron con las normas de elegibilidad y las normas médicas vigentes en ese momento, por lo que sus resultados no se ven afectados. El enfoque en materia de elegibilidad ha cambiado en numerosas ocasiones desde el año 2000.
