8 de junio del 2026
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Ciudadanos de San Luis Potosí y ARTICLE 19 buscan eliminar leyes penales sobre inteligencia artificial en el Congreso estatal

Una propuesta ciudadana fue entregada al Congreso de San Luis Potosí el viernes 5 de junio para eliminar tres artículos del Código Penal estatal que criminalizan el uso de la inteligencia artificial, los cuales, según los promotores, representan una amenaza para la libertad de expresión y han sido aplicados de manera discrecional contra periodistas y creadores de contenido.

Detalles de las reformas cuestionadas

Las normas en cuestión, aprobadas a finales de 2025, establecen penas de prisión y multas por acciones como usar IA para suplantar la identidad de una persona, difundir desinformación generada por IA con el fin de alterar la paz pública, o manipular contenido para minar la confianza en las instituciones. Los artículos 187 TER, 272 BIS y 272 TER han sido criticados por su redacción vaga y por otorgar un margen excesivo de discrecionalidad a las autoridades.

Desde su entrada en vigor, organizaciones civiles habían advertido que estas leyes no establecen un criterio claro para diferenciar entre la crítica legítima a las autoridades, protegida constitucionalmente, y las conductas que se castigan.

Casos de aplicación y detenciones

En menos de seis meses, estos tipos penales ya se han utilizado para ordenar la detención de varias personas en el estado. Desde el 21 de mayo de 2026, se ha documentado el acoso judicial contra Eréndira Reyes Aguillón y Alejandra Hermosillo, además de órdenes de aprehensión contra al menos otras ocho personas, incluida la periodista Anahí Torres González.

También se desconoce el motivo preciso de la detención de Christian Herrera, creador de contenido de Ciudad Valles, aunque se sospecha que está relacionada con la aplicación de estos mismos artículos. Los procesos han sido fulminantes y no se ha informado públicamente sobre las conductas específicas que se consideraron delitos.

Argumentos en contra de las normas

La iniciativa ciudadana, presentada en colaboración con ARTICLE 19, argumenta que las penas previstas son desproporcionadas. Por ejemplo, el artículo 272 TER impone una condena de tres a seis años de prisión, una sanción mayor que la establecida para algunos delitos contra el patrimonio y comparable a crímenes que involucran violencia física.

Se señala que estos castigos se imponen por el simple acto de expresarse, lo que permite a las autoridades ministeriales y judiciales introducir sus valoraciones personales sobre qué discurso debe prohibirse, atentando contra el control democrático que ejercen los ciudadanos mediante la crítica.

Llamado al Congreso local

Con base en estos motivos, el proyecto de decreto busca derogar los artículos mencionados. Los promotores exigen al Congreso del Estado que enmiende el daño causado y apruebe la iniciativa, ajustándose a los estándares constitucionales e interamericanos en materia de legalidad penal y libertad de expresión.

Finalmente, se hace un llamado para que el órgano legislativo se abstenga de impulsar y aprobar normas ambiguas que faciliten la censura, la persecución judicial y el silenciamiento de voces críticas en el futuro.

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